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¡COMPRAR APARTAMENTO ENTRE VARIOS Sí ES POSIBLE! AQUÍ TE CONTAMOS CÚAL ES TU MEJOR OPCIÓN

¿Tienes un grupo de amigos y/o familia que quiere comprar un apartamento pero cada uno tiene una parte pequeña? ¡Tranquilo! En MENDEBAL los apoyamos y tenemos para ustedes MITIKA APARTAESTUDIOS para que compren entre varios antes de que se agoten y que el valor del m2 de las viviendas suba más y más con el paso de los días, porque ¡El momento es ahora! 

A continuación te contaremos cuáles son sus alternativas legales para que puedan invertir en éste o cualquiera de nuestros otros maravillosos proyectos: 

  1. HIPOTECA COMPARTIDA

La forma más sencilla de COMPRAR UN APARTAMENTO NUEVO ENTRE VARIAS PERSONAS es incluirlos a todos en la hipoteca como codeudores a partes iguales. Las condiciones de este préstamo (intereses, comisiones, gastos, etc.) son las mismas que para una hipoteca normal y no hay un número fijo de codeudores.

Por lo general, las entidades financieras son más partidarias de prestar dinero a un grupo de personas que a un particular, ya que aumentan las garantías de pago.

En la hipoteca se establece la obligación compartida de los deudores en un porcentaje concreto y las garantías que debe aportar cada uno de ellos, así como lo que hará el banco en caso de retrasos o impagos.

Por lo general, se establece que el banco reclamará a cada deudor individualmente y no sobre la vivienda. Por otro lado, si algún deudor falla, los demás tendrán que comprar su parte o traer a un nuevo socio o copropietario para que se haga cargo de la deuda correspondiente.

  1. RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL

En este caso LA VIVIENDA NO SE COMPRA CON UNA HIPOTECA EN COMÚN, SINO CON LAS APORTACIONES, AHORROS O PRÉSTAMOS PERSONALES de los miembros; esta figura se basa en la confianza y en la buena relación existente entre los compradores, ya que todos y cada uno de los compradores responderá con todos sus bienes presentes ante la deuda que se contraiga.

Al ser un proindiviso, todos responden individualmente de la deuda total. Por este motivo, es conveniente firmar un contrato privado entre los compradores en el que se explique con claridad qué harán en caso de retrasos, impagos o el deseo de alguno de ellos de vender su parte (Eso será una garantía adicional para evitar posibles problemas que pueden aparecer con el paso del tiempo).

  1. SOCIEDAD LIMITADA

Una sociedad limitada es una empresa o sociedad mercantil que limita la responsabilidad al capital aportado por cada socio, lo que les exime de responder con su patrimonio personal en caso de problemas.

Esta opción protege mucho más a los compradores, pero debes tener presente que mantener la sociedad tiene unos costes; desde su inscripción en el Registro Mercantil, los gastos de gestoría, impuestos, etc. 

  1. COMUNIDAD DE BIENES

Consiste en crear una comunidad con el capital de los socios para comprar un inmueble entre varias personas. Esta comunidad puede ser gestionada por uno de los socios o por una empresa externa, algo que suele resultar más cómodo para los compradores.

La comunidad de bienes no tiene personalidad jurídica, pero está regulada por los artículos 392 al 406 del Código Civil y legalmente está considerada como un proindiviso (propiedad a partes iguales) que paga impuestos.

Para gestionar ésta conviene hacer un contrato privado que refleje la finalidad de la comunidad, proteja a los comuneros ante posibles conflictos posteriores (responsabilidades) e incluya las posibilidades que tiene cada miembro de abandonar la comunidad (si así lo desea). Este contrato puede ser elevado a público ante notario o ser registrado en la comunidad autónoma correspondiente (para temas fiscales).

La principal ventaja de esta fórmula es que facilita la gestión de una propiedad en proindiviso (en común con otras personas). No obstante, su mayor contra es que los compradores responden con todo su patrimonio ante una posible deuda.

  1. COOPERATIVA

Mediante una cooperativa, los socios compran un terreno y construyen un inmueble (generalmente un edificio o urbanización), eliminando así del precio final el beneficio que obtendría el promotor (en torno a un 20%).

En realidad, crear una cooperativa para una operación como ésta no es muy lógico ya que está más indicada para la promoción y en operaciones de grandes inversiones.

En principio, los expertos inmobiliarios aconsejan la creación de una comunidad de bienes para gestionar la compra y posterior explotación de la vivienda (alquiler) entre varias personas, por ser la forma más sencilla y accesibles.

Por lo tanto, SI ÚNICAMENTE DESEAN COMPRAR UN APTO ENTRE VARIOS, UNA HIPOTECA EN COMÚN O UNA RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL SON LAS ALTERNATIVAS MÁS RECOMENDADAS. 

Así que ¿Estás listo para dar el paso? MITIKA APARTAESTUDIOS se entrega en menos de 5 meses y espera por ti ¡No te quedes atrás! Escríbenos a nuestro WhatsApp dando clic AQUÍ o ingresa a nuestra página y conoce mucho más del proyecto más revolucionario Y LA MEJOR INVERSIÓN de la ciudad. 

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